ARTICULO 1
Todos nacemos libres, tenemos los mismos derechos y nos tenemos que tratar bien entre todos.
ARTICULO 2.
Todas las personas pueden disfrutar de estos derechos, aun cuando:
Ø Sean de sexo diferente.
Ø Tengan un color de piel distinto.
Ø Hablen un idioma diferente.
Ø Piensen distinto.
Ø Crean en otras religiones.
Ø Posean más o menos dinero y bienes.
Ø Hayan nacido en distintos sectores sociales.
Ø Procedan de otros países.
Ø Que el país donde vivan sea o no independiente.
ARTICULO 3.
Tienes derecho a la vida, y a vivir libre y seguro.
ARTICULO 4.
Nadie tiene derecho a tratarte como su esclavo; y vos no podés tratar a nadie como esclavo tuyo.
ARTICULO 5.
Nadie tiene derecho a torturarte.
ARTICULO 6.
La Ley tiene que protegerte de la misma manera en todas partes e igual que a los demás.
ARTICULO 7.
Todos nacemos libres, tenemos los mismos derechos y nos tenemos que tratar bien entre todos.
ARTICULO 2.
Todas las personas pueden disfrutar de estos derechos, aun cuando:
Ø Sean de sexo diferente.
Ø Tengan un color de piel distinto.
Ø Hablen un idioma diferente.
Ø Piensen distinto.
Ø Crean en otras religiones.
Ø Posean más o menos dinero y bienes.
Ø Hayan nacido en distintos sectores sociales.
Ø Procedan de otros países.
Ø Que el país donde vivan sea o no independiente.
ARTICULO 3.
Tienes derecho a la vida, y a vivir libre y seguro.
ARTICULO 4.
Nadie tiene derecho a tratarte como su esclavo; y vos no podés tratar a nadie como esclavo tuyo.
ARTICULO 5.
Nadie tiene derecho a torturarte.
ARTICULO 6.
La Ley tiene que protegerte de la misma manera en todas partes e igual que a los demás.
ARTICULO 7.
La ley es igual para todos; se debe aplicar a todos de la misma forma.
Todos tenemos derecho a estar protegidos contra la Discriminación y a que se nos respeten todos los derechos de esta declaración.
ARTICULO 8.
Todos podemos pedirle a la justicia de nuestro país que nos proteja si no se cumplen nuestros derechos.
ARTICULO 9.
Nadie tiene derecho de llevarte preso, dejarte en la cárcel o expulsarte del país injustamente sin una razón válida.
ARTICULO 10.
Si te acusan de un delito y vas a juicio, éste tiene que ser público. Las personas que te juzguen no pueden ser influenciadas por otras.
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